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10 hitos recientes de la arqueología en España (II)

Son muchos los proyectos arqueológicos desarrollados en España que han contribuido a convertir esta disciplina en una ciencia moderna y altamente profesionalizada. En un artículo anterior comentamos 5 de los 10 que hemos seleccionado, y a continuación completamos la serie. En este punto es necesario recordar mencionar la variante del famoso refrán y recordar que “no están todos los que son, pero si son todos los que están”

 

6.- Españoles en Egipto.

 

Ningún arqueólogo escapa a la magia y atractivos de Egipto, independientemente de su nacionalidad o incluso de su temporalidad. Grandes nombres de la arqueología clásica están vinculados con la tierra de los faraones: franceses como Champollion o Mariette; ingleses como Howard Carter, alemanes como Shulten, italianos como Belzoni, pero ¿españoles?

 

A pesar de la gran aceptación de la sociedad en general, la Egiptología no tiene a penas cabida en los planes de estudio universitarios españoles. De este punto de partida nace el Proyecto Djehuty.

 

El “Proyecto Djehuty”, dirigido desde el Centro de Ciencias Humanas y Sociales del CSIC (Madrid) y tutelado por el Consejo Supremo de Antigüedades de Egipto, comenzó su andadura en el año 2001. Su principal finalidad es abrir las puertas a la Egiptología en el ámbito académico español, mediante la realización de campañas arqueológicas lideradas por profesores españoles en las que participan estudiantes universitarios.

 

Las diferentes campañas realizadas, centradas básicamente en la restauración, publicación científica y divulgación de un conjunto de monumentos funerarios y enterramientos de individuos de clase media en el extremo norte de la necrópolis de la antigua ciudad de Tebas, han sacado a la luz grandes descubrimientos arqueológicos que han colocado a los arqueólogos españoles en el “candelero”, tanto mediática como científicamente hablando.

 

DJEHUTY excavacionegipto

Tomada de: Proyecto DJEHUTY

 

7.- La cueva de Trocs y el Neolítico peninsular.

 

El yacimiento de la Cueva de ElsTrocs se localiza en la comarca aragonesa de La Ribagorza, dentro del término municipal de Bisaurri, en un monte cónico homónimo situado al norte del Turbón, a 1.540 metros sobre el nivel del mar. Pese a sus pequeñas dimensiones, esta cueva guardaba en su interior una gran riqueza de datos acerca del proceso de la neolitización en la Península Ibérica y del inicio de la ocupación de los altos pastos de montaña para su explotación ganadera.

 

Tras siete campañas de excavación, el equipo de investigación, liderado por Manuel Rojo Guerra (Universidad de Valladolid) y José Ignacio Royo Guillén (Gobierno de Aragón), ha podido identificar varias fases de ocupación prehistórica. Trocs I se corresponde con el uso más antiguo de la cavidad, a lo largo del último tercio del VI milenio a. C. (5.300-5.000 a.C.). Dos elementos son los más llamativos de esta fase: un suelo que ocupa toda la superficie de la cueva, formado por miles de fragmentos de cerámica, y los restos humanos dispersos sobre dicho pavimento. En concreto, pertenecen a nueve individuos, cinco adultos y cuatro niños, con claras evidencias de haber sido víctimas de una muerte violenta y de un ensañamiento peri y post mortem.

 

Posterior a este evento, se ha documentado una nueva fase, denominada como Trocs II, con una cronología que abarca, aproximadamente, desde el 4.700 al 4.300 a.C. En este caso, su uso habría estado fundamentalmente ligado a las prácticas ganaderas. Un suelo pétreo y un gran hogar central son las principales evidencias arqueológicas asociadas a esta fase. El último horizonte de ocupación neolítica, Trocs III, es, a su vez, el más extenso en términos cronológicos (entre el 3.900 y el 2.900 a.C). Se caracteriza por la presencia de numerosos hogares de pequeño tamaño y dos grandes fosas con restos humanos y animales mezclados, que podrían interpretarse como depósitos rito-funerarios. También se ha documentado una ocupación de cronología histórica de escasa entidad, Trocs IV, que podría deberse al uso ocasional de la cueva como refugio en época romana, probablemente durante el siglo III d. C.

 

Cabe destacar, como uno de los hallazgos más significativos realizados en este yacimiento, el hecho de que se haya podido probar, por primera vez, que ya desde el Neolítico se realizaban movimientos altitudinales con el ganado para buscar los mejores pastos en función de la época del año. A través de una serie de análisis en la dentición del ganado ovino localizado en la cueva y de su comparación con ejemplares modernos se han hallado pruebas de dichos movimientos, lo que viene refrendado, además, por otras evidencias arqueológicas. Por otro lado, se ha podido constatar que, a lo largo de sus dos mil años de uso, los ocupantes de la Cueva de Els Trocs mejoraron de manera significativa sus técnicas de gestión del ganado y la eficacia en su control del proceso de gestación de las ovejas.

 

trocs

 

8.- Grafitos, calvarios y sentencias.

 

En 2006 los arqueólogos que excavaban el yacimiento de Iruña – Veleia (Vitoria) sacaron a la luz pública unos hallazgos que “cambiarían la historia” tal y como la conocemos. Habían encontrado grafitos sobre cerámicas romanas que mostraban un calvario, cruces cristianas, personajes mitológicos y textos en latín, griego y euskera en un yacimiento romano de los siglos III a V.

 

La importancia de estos “peculiares” hallazgos tenía que ser verificada. Para ello se formó una comisión, formada por 26 expertos, quienes debían analizar la autenticidad de las piezas halladas.

 

En caso de que las piezas fueran auténticas nos encontraríamos ante uno de los mayores descubrimientos de la arqueología española.

 

La comisión concluyó que las piezas eran auténticas, es decir romanas, pero que habían sido manipuladas por los arqueólogos para realizar los grafitos con fines poco legítimos. La polémica estaba servida y acabó en los tribunales

 

En 2018 el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria dio a conocer, la sentencia por las falsificaciones en el yacimiento romano de Iruña-Veleia que incluye penas de cárcel y sanciones económicas para el equipo directivo de las excavaciones.

 

Esta sentencia supone un hito en la arqueología española por su singularidad y porque nos muestra que los delitos contra el patrimonio no quedan impunes, aunque los ejerza un arqueólogo profesional.

 

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Tomada de: Gasteiz hoy

 

9.- ¡Mira hacia arriba, papá!

 

Desde su descubrimiento en 1879 por Marcelino Sanz de Sautuola, este gran hallazgo cambió la visión internacional de los grupos de la prehistoria.

 

Las pinturas rupestres de Altamira fueron localizadas de un modo casual. Fue la hija de Sautuola la que le instó a levantar la vista hacia el techo de la cueva para descubrir el famosísimo panel de los bisontes. Asombradísimo Sautuola publicó en 1880 sus “Breves apuntes sobre algunos objetos prehistóricos de la provincia de Santander” en los que se incluían dibujos y descripciones de las pinturas localizadas.

 

Sautuola comunicó sus hallazgos al catedrático de paleontología de la Universidad de Madrid Juan Vilanova y Piera, quien apoyó la teoría de que las pinturas eran prehistóricas y difundió esta hipótesis en el mundo académico.

 

Pero sus tesis no fueron aceptadas por coetáneos, quienes dudaban de la autenticidad del hallazgo. Sólo a raíz del descubrimiento de varias cuevas con pinturas rupestres en Francia, en 1902, se aceptó la autenticidad y valor de las pinturas de Altamira que desde entonces son consideradas como la Capilla Sixtina del arte rupestre.

 

Hoy en día se puede visitar el nuevo museo junto a la Neocueva, una reproducción totalmente exacta de la cueva original realizada tras haber escaneado en 3D toda la cueva, grieta a grieta. A Sautuola y Vilanova les hubiera gustado saber que finalmente sus teorías han sido ampliamente aceptadas y que gracias a que dieron a conocer la cueva hoy podemos disfrutarla. Desgraciadamente el reconocimiento para ellos llegó tarde.

 

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Tomada de: El diario Cantabria

 

10.- Al amparo de la ley…

 

La protección del patrimonio cultural es un fenómeno relativamente moderno, que arranca en la segunda década del siglo XX en toda Europa.

 

En el caso español la Ley de 4 de marzo de 1915 de Conservación de Monumentos Histórico Artísticos sentó las bases para la protección de determinados bienes declarándolos monumentos.

 

Posteriormente, el llamado “Decreto Callejo” de 1926 procedió por primera vez a definir y regular todos aquellos bienes muebles e inmuebles dignos de ser conservados para la nación por razones de arte y cultura; conjunto que constituirá el denominado Tesoro Artístico Arqueológico Nacional, bajo la tutela del Estado.

 

La Ley de mayo de 1933 supuso el mecanismo rector para la protección y conservación del patrimonio durante más de medio siglo, en torno al concepto de patrimonio histórico-artístico nacional, concebido como “el conjunto de bienes, muebles e inmuebles, de interés histórico, artístico, arqueológico o paleontológico de más de cien años de antigüedad, así como aquellos otros que, sin alcanzar la referida antigüedad, tuviesen un mérito o valor indiscutibles”.

 

Todos estos corpus legales comprendían la conservación de grandes monumentos, muy en sintonía con el proteccionismo decimonónico que primaba la espectacularidad del bien en lugar de su valor científico.

 

A medida que la disciplina arqueológica evoluciona a lo largo del siglo XX también lo hace la legislación para proteger los bienes patrimoniales.

 

En 1985, siguiendo la corriente internacional imperante, se crea la Ley de 1985 de Patrimonio Histórico Español, aún en vigor.

 

Unas de las mayores novedades que implica esta “nueva” ley es la ampliación del concepto de bien cultural y la voluntad de poner el patrimonio al servicio de la sociedad. Incorpora, en este sentido, deberes de conservación, inventario e inspección sobre los bienes culturales en manos de particulares, dando primacía al valor social del bien frente al sentido de propiedad sobre el mismo.

 

Algunos matices a esta ley son desarrollados por las distintas legislaciones autonómicas, ya que son las comunidades autónomas quienes ostentan las competencias en gestión del patrimonio cultural.

 

Llegados a este punto, podemos afirmar que el marco legal que regula la gestión del patrimonio cultural ha contribuido a su conservación, preservación e incluso difusión y que, cada vez de forma más visible, fomenta la concienciación social sobre la importancia de su preservación para generaciones futuras. Sin embargo, y sin entrar en profundos debates sobre las reformas que la legislación sobre patrimonio cultural podría necesitar, sí que queremos hacer énfasis en que, al igual que la arqueología ha evolucionado, también deberían hacerlo las leyes que amparan la protección de los bienes patrimoniales. Por sintonía.